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Se realizarán y tramitarán a través de la Sede Electrónica las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Municipal por medios electrónicos. Esta Sede Electrónica es única para todos los servicios, cuerpos y órganos administrativos, así como para los organismos autónomos municipales y las entidades públicas empresariales del Ayuntamiento de Granada. Y articulará las relaciones con los ciudadanos que tengan carácter jurídico-administrativo, así como las que se entablen con las demás Administraciones y entidades públicas cuando actúen como usuarios de los servicios o como interesados en los procedimientos en la misma regulados.

La responsabilidad técnica y de seguridad de los servicios insertos en la sede corresponda al Centro de Proceso de Datos, en coordinación con los servicios y entidades de la Administración Municipal.

Aviso: ACTIVACIÓN DE LA PLATAFORMA DE PAGO DE RED.ES (1 de Julio 2010)

Dando cumplimiento a lo establecido en los apdos. 5 y 6 del artículo 19 de la vigente Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica Artículo 19.- Facturas electrónicas y sistemas telemáticos de pago.

5. La Administración Municipal habilitará en sede electrónica sistemas electrónicos que permitan el ingreso de tributos, multas, recargos u otras cantidades debidas a ella, mediante cargo en cuenta o tarjetas bancarias. Dichos sistemas arbitrarán procedimientos de comprobación de la firma electrónica del mandante de la orden de pago, así como de custodia, durante cinco años, de la información relativa al no repudio de la orden de pago.

6. Los sistemas habilitados según apartados anteriores emitirán el correspondiente impreso justificativo del pago., se ha habilitado en la Sede Electrónica Municipal, con efectos desde el día 1 de Julio de 2010, el procedimiento de pago telemático de tributos, precios públicos u otros ingresos de Derecho Público (Plataforma de Pago de Red. es) en base al Convenio de Colaboración entre la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la prestación del servicio de pago telemático en la Administración Pública.

El procedimiento a seguir está descrito en la dirección http://pago.red.es/media/2008-07/1216372362158.pdf Abre nueva ventana. Exigiendo la identificación del obligado al pago mediante certificado de firma electrónica.

INFORMACIÓN AL CONTRIBUYENTE

FORMA DE PAGO: El pago del tributo ó deuda a través de la ventanilla virtual de la sede electrónica municipal se realizará con cargo en cuenta corriente ó tarjeta de débito/crédito. El contribuyente por tanto, debe disponer ó ser persona autorizada en una cuenta ó tarjeta en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación de este Ayuntamiento, mencionadas a continuación: CajaGranada, Banco Santander Central Hispano, BBVA y Caja Rural de Granada. Ésta última sólo admite pago de recibos del Ayuntamiento de Granada y Documentos de Ingreso de la Agencia Municipal Tributaria.

ACERCA DE LOS MEDIOS DE PAGO en el Servicio de Pago telemático de Red.es: Cada entidad podrá admitir cualquiera de los medios de pago, cargo en cuenta y/o tarjeta, y se habilitará, en el momento del pago, sólo el/los medios permitidos para la entidad financiera seleccionada.

MODIFICACIONES: Para evitar futuros inconvenientes les rogamos comuniquen al Ayuntamiento los cambios de domicilio o cualquier otra circunstancia modificativa de su situación tributaria.


El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del Plan Avanza, participa en la financiación de este proyecto.

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Plan Avanza



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